N°1090: COVID-19 ¿Y las Naciones y Pueblos Indígena Originarios?

COVID 19 ¿Y LAS NACIONES Y PUEBLOS INDÍGENA ORIGINARIOS?

Feria del Jamp’i – Huari

La actual Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (CPE), reconoce la protección de las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos (NyPIOC) y prevé las condiciones específicas que posibilitan su inclusión en la toma de decisiones a partir de la Autodeterminación y el Autogobierno de los NyPIOCs. Este reconocimiento no es solo de carácter simbólico cultural, sino real y de inclusión de las culturas indígena originaria campesinas en los sistemas nacionales de representación política y en el planteamiento de políticas en los sistemas de salud y educación, propiciando un diálogo entre las diversidades existentes en el territorio boliviano y el diálogo entre lo indígena y no indígena. Estas declaraciones ya lo encontramos en el preámbulo de la CPE, con una fuerte carga de valores que engloban el respeto a la vida de todos los seres vivientes y el medio ambiente. 

Veamos la CPE en el Art. 30.II.14 y .18, allí hay imperativos sobre la importancia de la participación activa de las NyPIOCs para la toma de decisiones en los Órganos Públicos, debiendo reconocerse la existencia y ejercicio de sus sistemas políticos propios con pleno respeto a sus usos y costumbres (Art. 30.II.14 y .18 CPE).

Por otra parte, la CPE reconoce la importancia de los sistemas de salud tradicional en diálogo con la medicina moderna y la establece como un derecho de las NyPIOCs (Art. 30.II.) la libertad de la persona a acceder a un sistema de salud que respete su cosmovisión y prácticas tradicionales (Art. 30.II.13), por lo que el Estado boliviano incluye dentro de su sistema de salud único, a la medicina tradicional de las naciones y pueblos indígena originario campesinos (Art. 35.II CPE) y se atribuye la responsabilidad de promocionar y garantizar el respeto, uso, investigación y práctica de la medicina tradicional; debiendo para ello rescatar los conocimientos y prácticas ancestrales e incorporar el registro de medicamentos naturales y de sus principios activos, protegiendo su conocimiento como propiedad intelectual, histórica, cultural y patrimonial, regulando el ejercicio de esta medicina a través de leyes posteriores y garantizando la calidad de su servicio (Art. 42 CPE). 

Además, será importante releer lo que establece el Cap. IV, Art. 30.I de la CPE: 

Es nación y pueblo indígena originario campesino toda la colectividad humana que comparta identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión”. Y que en el mismo Art. 30.II.9 indica que “sus saberes y conocimientos tradicionales, su medicina tradicional, sus idiomas, sus rituales y sus símbolos y vestimentas sean valorados, respetados y promocionados”.

En ese contexto se puede leer  que el sistema de salud es único e incluye a la medicina tradicional de las naciones y pueblos indígena originario campesinos (CPE Art. 35.II.) y por tanto:  

Artículo 42. I. Es responsabilidad del Estado promover y garantizar el respeto, uso, investigación y práctica de la medicina tradicional, rescatando los conocimientos y prácticas ancestrales desde el pensamiento y valores de todas las naciones y pueblos indígena originario campesinos.

II. La promoción de la medicina tradicional incorporará el registro de medicamentos naturales y de sus principios activos, así como la protección de su conocimiento como propiedad intelectual, histórica, cultural, y como patrimonio de las naciones y pueblos indígena originario campesinos.

III. La ley regulará el ejercicio de la medicina tradicional y garantizará la calidad de su servicio.

Estribado en esas dos premisas, la de participación política en la toma de decisiones y el respeto, promoción y el aporte de la medicina tradicional para la salud humana, nos preguntamos ¿Dónde está la participación activa de las Autoridades Originarias de las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos?

Parecería que nuestros gobernantes y políticos avanzan hacia un centralismo peligroso, no solamente desde el nivel gubernamental, sino desde los municipios y gobernaciones, pretendiendo nuevamente invisibilizar a las NyPIOCs y tomar decisiones sin la participación de las Autoridades Originarias en la cuarentena y menos aún para hablar de medidas de bioseguridad; recordemos que en nuestro departamento existen cuatro naciones originarias: la Nación Originaria Uru, la Nación Originaria Suyu Jach’a Karangas, la Nación Originaria Jatun Quillacas Azanajaqi y la Nación Originaria Suras. 

En ese contexto, les recordamos que el Pueblo Originario de los Urus del lago Poopó (antes denominados Uru Muratos) se encuentra entre los pueblos en peligro de desaparecer, por lo que debe merecer especial atención de las Autoridades Políticas nacionales, departamentales y municipales de acuerdo a la Ley 450 DE PROTECCIÓN A NACIONES Y PUEBLOS INDÍGENA ORIGINARIOS EN SITUACIÓN DE ALTA VULNERABILIDAD y la Ley 1255 que declara en el Art. 3:

“El Órgano Ejecutivo a través de los Ministerios correspondientes y las entidades territoriales autónomas, departamentales, municipales e indígena originario campesinos, en el marco de sus respectivas competencias, promoverá acciones para la protección, fortalecimiento y difusión de los conocimientos, saberes ancestrales y formas de vida vinculadas al agua de la Nación Originaria Uru, las mismas que serán orientadas principalmente a:

a) Reforzar las medidas de cooperación a nivel municipal, regional, departamental y nacional, para lograr que la Nación Originaria Uru ejerza a plenitud sus derechos civiles, sociales, económicos, políticos, culturales, lingüísticos, educativos, a la salud…” 

Esta falta de participación activa en la toma de decisiones, está siendo expresada, en algunas regiones, con el pedido de elecciones generales ¡YA!, aún a riesgo de poner en peligro la salud humana. 

Por otra parte ¿dónde está el Viceministro de Medicina Tradicional e Interculturalidad? “Bien Gracias”, no se manifiesta para nada a pesar que científicos europeos muestran algunos beneficios de la carne de llama para combatir el COVID 19, y que la Universidad Técnica de Oruro, como también investigadores del Perú, avanzan en estudios para determinar los beneficios de este camélido para contrarrestar los efectos del COVID 19 ¿Acaso en nuestro departamento no se encuentran comunidades explícitamente dedicadas al cuidado de camélidos?

Este centralismo y desconocimiento del Estado Plurinacional, es más profundo en los planes del Ministro de Educación. La CPE reconoce la Educación Boliviana y el derecho de las NyPIOCs a la educación intracultural, intercultural y plurilingüe (Art. 30.II.12 CPE), configurando a todo el sistema educativo boliviano con dichas características (Arts. 78.II y 91.II CPE) y establece que el sistema educativo en Bolivia deberá contribuir al fortalecimiento de la unidad, identidad y desarrollo cultural de las NyPIOCs (Art. 80.II CPE), y en su fase superior deberá tomar en cuenta sus conocimientos universales y saberes colectivos (Art. 91.I CPE). Queremos  hacer notar, con mucha pena, que parecería que los planes educativos están siendo diseñados solo para los centros urbanos con acceso fácil a la tecnología, desconociendo que muchas familias, después de más de dos meses de cuarentena, están sacando sus banderas blancas para poder pedir ayuda para la alimentación. Solo como dato, un curso de 40 minutos por vídeo llamada, sea por whatsApp, Zoom o Classroom significa el gasto de 400 MB, lo que en dinero equivale a Bs 5. Pero tenga en cuenta que esto es solo para una clase de 40 minutos ¿a cuánto equivaldría tres cursos por día? 

Parece que nos olvidamos de que la educación es un derecho fundamental de todos los seres humanos y se convierte en un privilegio de pocos. Por tanto, pedimos que las autoridades políticas empiecen a coordinar y tomar decisiones con la participación de las NyPIOCs, en el marco del Autogobierno y la Autodeterminación de los PIOCs, que lamentablemente no ha sido comprendida ni por el renunciante viceministro de Autonomías.

Julián Arias Carballo

PROGRAMA DIVERSIDAD – CEPA

AMERINDIA – ORURO